Al presentar una queja y/o solicitud, debemos dirigirla a la persona o autoridad directamente involucrada en el asunto de nuestro interés. Si no obtenemos respuesta favorable, habrá que buscar otras instancias que atiendan y solucionen nuestro problema. |
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Debemos recordar que al presentar una solicitud o petición ante la autoridad, ejercemos un derecho que nos da la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Capítulo I. De las garantías individuales. Artículo 8o. "Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que éste se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario". |
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